Urbanismo

Oficina Técnica Municipal
Situada en la 1ª planta del Ayuntamiento de Cangas de Onís, Avda. de Covadonga s/n
Tfno: 985 848 043
Horario de atención al público: Jueves, de 9:00 h. a 14:00 h. (con cita previa).
Correo electrónico: oficinatecnica@cangasdeonis.com


Tramitación de Licencias
Por Resolución de Alcaldía número 352 de 3 de marzo de 2023 se aprueba la Instrucción por la que se establecen los criterios a los que ha de
ajustarse la tramitación de expedientes de obras y actividades en el Ayuntamiento de Cangas de Onís/Cangues d'Onís.

La instrucción se compone de un articulado organizado en cinco títulos, dedicados a las Disposiciones generales; Régimen jurídico común a los medios de intervención; Tramitación de licencias; Declaraciones responsables y comunicaciones previas; y Control posterior, además de siete
anexos relativos a la Documentación a presentar; Contenido mínimo de la documentación técnica para actuaciones sometidas a licencia ambiental; Definiciones; Nomemclátor de actividades; Condiciones generales exigibles a los establecimientos y las actividades; Modelos normalizados de solicitud de expedientes de obras y actividades; y Modelos normalizados de autoliquidación de tasas e impuestos.


Para facilitar su consulta se desglosa a continuación su contenido:

  • Articulado de la Instrucción.
  • Documentación exigible para cada tipo de procedimiento (Anexo I).
  • Contenido mínimo de la documentación técnica para actuaciones sometidas a licencia ambiental (Anexo II).
  • Definiciiones (Anexo III).
  • Nomemclátor de actividades (Anexo IV).
  • Condiciones generales exigibles a los establecimientos y las actividades (Anexo V).
  • Modelos normalizados de solicitud de expedientes de obras y actividades (Anexo VI):
    • Solicitud de cédula / Certificación urbanística (CU).  Solicitud de la cédula urbanística y/o certificaciones urbanísticas contempladas en el artículo 24 del TROTU y 11 de esta INSTRUCCIÓN
    • Comunicación previa de Obras y Actividades (CP). Comunicación previa para cambio de titularidad o denominación social de una actividad, cambio de titularidad, desistimiento o prórroga de una licencia de obras, comunicación del inicio, paralización o interrupción de la obra, así como del cambio de dirección facultativa, si lo hubiera, tal y como se recoge en el artículo 62 de esta INSTRUCCIÓN
    • Declaración Responsable de Obras (DR-O). Solicitud para ejecución de obras e instalaciones que, de conformidad con la normativa asturiana en materia de urbanismo y ordenación del territorio, y en concreto con el artículo 228.bis del TROTU, no precisen de licencia urbanística. Se recogen en los artículos 58 y 59 de esta INSTRUCCIÓN, respectivamente, las intervenciones que deben tramitarse SIN y CON intervención de técnico competente.
    • Declaración Responsable de Actividades (DR-A). Solicitud para el inicio y desarrollo de actividades de las contempladas en el apartado 2 del ANEXO IV de la INSTRUCCIÓN cuando no exista una norma con rango de ley que exija licencia, como puede ser cuando afecte al patrimonio histórico artístico, al uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público o cuando conforme a la Ley de Ordenación de la Edificación sea necesaria la redacción de un proyecto.
    • Declaración Responsable de Primera Ocupación (DR-PO). Solicitud de primera ocupación y utilización de viviendas y casas prefabricadas construidas en régimen de autopromoción, así como de los edificios, construcciones e instalaciones de nueva planta en general, de conformidad con el artículo 228.bis del TROTU.
    • Licencia de Obra Menor (LOme). Solicitud de licencia de obras menores, entendidas como aquellas de sencillez técnica y escasa entidad constructiva y económica y que no suponga alteración del volumen, del uso objetivo, de las instalaciones y servicios de uso común o del número de viviendas y locales ni afecten al diseño exterior, a la cimentación, a la estructura o a las condiciones de habitabilidad o seguridad de los edificios e instalaciones de todas clases. En ningún caso se entenderán como tales las parcelaciones urbanísticas, los cierres de muro de fábrica de cualquier clase, las intervenciones en edificios declarados bienes de interés cultural y catalogados cuando así se establezca en la legislación sectorial de aplicación, los grandes movimientos de terrenos y la tala masiva de arbo lado, de conformidad con el artículo 228 del TROTU y 37 de esta INSTRUCCIÓN.
    • Licencia de Obra Mayor (LOM). Solicitud de licencia de obra mayor para actos de transformación, construcción, edificación o uso del suelo o del subsuelo no sometidos a otros medios de intervención, de conformidad con el artículo 228 del TROTU y 40 de esta INSTRUCCIÓN.
    • Licencia de Parcelación / Declaración de innecesariedad (LPa). Solicitud para parcelación urbanística, segregación por partición de herencia, división agraria o agrupación a colindante, además de segregación de locales comerciales, de acuerdo con el artículo 228 del TROTU y resto de normativa de aplicación, incluida declaración de innecesariedad de licencia.
    • Licencia de Primera Ocupación (LPO). Solicitud de primera ocupación y utilización de viviendas situadas en edificaciones destinadas a vivienda colectiva o promoción conjunta de viviendas y casas prefabricadas, de conformidad con el artículo 22 8 del TROTU.
    • Licencia Ambiental de Obra e Instalación (LAOI). Solicitud para el montaje, explotación, traslado o modificación sustancial de actividades de las contempladas en el apartado 1 del ANEXO IV de la INSTRUCCIÓN.
    • Licencia Ambiental de Apertura de Actividades (LAA). Solicitud previa al inicio y desarrollo de actividades sujetas a Licencia Ambiental de Obra e Instalación, de conformidad con el artículo 55 de la INSTRUCCIÓN.
  • Modelos normalizados de autoliquidación de tasas e impuestos (Anexo VII):
    • Autoliquidación de Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y Tasa por otorgamiento de licencias urbanísticas (A104+202). Para obras sometidas a declaración responsable, licencia de obra menor y mayor, legalizaciones, instalación de grúas o similares, tramitación de prórrogas de licencias y declaraciones responsables, primeras utilizaciones y colocación de rótulos y placas profesionales.
    • Autoliquidación de Tasa por licencia de Apertura de establecimientos (A 203). Para actividades sometidas a declaración responsable de actividad y licencia de apertura, ampliación de actividad, ampliación de establecimeinto, traslado de actividad, traspaso de titularidad, cambio de actividad y actividades de temporada.

Se incorpora también una Tabla Resumen de actuaciones sujetas a Declaración Responsable de Obras (con y sin intervención de técnico), Licencia de Obra Menor y Licencia de Obra Mayor para facilitar a la ciudadanía la elección del medio de intervención a solicitar en materia de edificación, uso del suelo y desarrollo de actividades ante esta Administración.